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Ley 24.788

Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo

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Sanción

05/03/1997

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Publicación

03/04/1997

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Boletín Oficial

N°. 28.618 Página 2

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Ley 24.449

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Estado

Vigente

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Descripción:

Ley Nacional de Lucha contra el Alcoholismo. Prohíbe el expendio de bebidas alcohólicas a menores de 18 años, crea el Programa Nacional de Prevención y Lucha contra el Consumo Excesivo de Alcohol.

Observación General de esta Ley 24.788

El Art. 17 modificó el Art. 48, Inc. a), de la Ley de Tránsito.

Posteriormente, el Art. 1 de la Ley 27.714 modificó nuevamente dicho inciso, estableciendo el criterio de ALCOHOLEMIA CERO.


La Ley de Tránsito nombra esta Ley:

  • Art. 26 (Publicidad en la Vía Pública)
  • Art. 26 bis (Venta de Alcohol en la Vía Pública)
ley 24.788

Observación IMPORTANTE:

Hay tantos aspectos de la alcoholemia que requieren un análisis específico que merece una página propia:

    • CONSECUENCIAS PENALES: lesiones, muertes, agravantes y graduación de la alcoholemia.
    • CONSECUENCIAS CIVILES: daños a terceros y cobertura del seguro.
    • MULTAS: alcoholemia cero; cualquier resultado positivo puede generar sanción.
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Documento Completo

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