Ley 27.510 – Modifica la (LNT)

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Ley 27.510

Ley de Tránsito

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Sanción

17/07/2019

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Publicación

28/08/2019

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Boletín Oficial

N.° 34.184

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Promulgación

Art. 80 C.N.

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Estado

Vigente

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Documento Completo

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Descripción:

Modifica el Art. 40 Inc. c) de la (LNT), permitiendo acreditar el seguro obligatorio mediante el comprobante en formato papel o digital a través de dispositivos electrónicos.

Observación: El siguiente artículo muestran la evolución de la normativa, comparando la modificación introducida por la presente Ley con el texto original de la Ley Nacional de Tránsito (LNT).

Artículo 1°- Sustitúyase el inciso c) del artículo 40 de la ley 24.449, el que quedará redactado de la siguiente forma:

c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68, el cual podrá ser exhibido en formato papel impreso o digital a través de dispositivos electrónicos.

ORIGINAL de la (LNT)

ARTICULO 40. — REQUISITOS PARA CIRCULAR. Para poder circular con automotor es indispensable:

c) Que lleve el comprobante de seguro, en vigencia, que refiere el artículo 68;